15:19 › "GARANTIZAR UN LUGAR DONDE VIVIR"

La Justicia ordenó a la Ciudad que sostenga el tratamiento de chicos con problemas de adicción

La medida beneficia a menores de 18 años de dos comunidades terapéuticas y cuya alta de internación no pudo concretarse porque no tienen un lugar donde vivir. Ordena revertir la "supuesta omisión en que habría incurrido el gobierno" porteño al "no proveer(les) los recursos" necesarios para que continuaran con su recuperación y le exige al Ministerio de Salud que "mantenga los tratamientos ambulatorios que deban realizarse".

Los magistrados Carlos Balbín, Esteban Centanaro y Mabel Daniele hicieron lugar a una acción de amparo de una asesoría tutelar de menores por los jóvenes internados en el hospital infanto juvenil "Dra. Carolina Tobar García" y en las comunidades terapéuticas Los Naranjos y Candil.

El planteo había sido rechazado en primera instancia por la jueza Lidia Lago al entender que hay juzgados del fuero civil interviniendo en el tema, pero el tribunal de apelaciones revocó esa decisión con el argumento de que el recurso "no tiene por finalidad interferir en el expediente civil controlando el proceso de internación desde el comienzo hasta el alta médica, sino simplemente garantizar a los niños un lugar adecuado donde residir cuando los médicos a cargo (lo) dispusieran".

El fallo insta al Ejecutivo comunal a arbitrar "las medidas pertinentes que garanticen la externación" mediante la Subsecretaría de Promoción Social, y ordena al Ministerio de Salud a que mantenga los "tratamientos ambulatorios que deban realizarse".

"Esta causa -dice el texto- tiene por objeto poner fin a la supuesta omisión en que habría incurrido el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires al no proveer de los recursos idóneos para llevar a cabo la externación de los menores" que se encuentran "en situación de vulnerabilidad".

La decisión determinó que "cada uno de los menores se encuentran con alta de internación que no pudo llevarse a cabo con motivo de la falta de recursos y situación de vulnerabilidad en que se encuentran", revocó el archivo de las actuaciones anteriores y dispuso "hacer lugar al recurso de apelación deducido, debiendo continuar la juez de primera instancia con la tramitación de la causa".

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