22:30 › COMUNICADO CONJUNTO

La Comisión Bicameral afirmó que el proceso por la remoción de Redrado “no es un juicio político”

"La actuación de la Comisión Bicameral contemplada por el artículo 9 de la Ley 24.144 es de naturaleza política, ajena a toda función judicial. El procedimiento seguido no es un juicio político", afirma el comunicado de prensa de la comisión que mañana debe aconsejar de forma "no vinculante" al Poder Ejecutivo sobre la destitución del ex titular del BCRA.

La Comisión Bicameral Especial que debe aconsejar al Poder Ejecutivo acerca de la remoción del director del Banco Central, Martín Redrado, informó hoy a través de un comunicado de prensa conjunto que el proceso que concluirá mañana "no es un juicio político".

El documento lleva la firma del vicepresidente Julio Cobos, como presidente de la Comisión; y de sus dos integrantes, el peronista Gustavo Marconato y el representante de la Coalición Cívica, Alfonso Prat Gay.

El comunicado se emitió luego de que el juez federal Norberto Oyarbide dijo hoy que "toma mucho interés la resolución de la Bicameral" porque "es un elemento de extremo valor para las investigaciones" que lleva adelante por presunto "incumplimiento de los deberes de funcionario público".

"El objetivo que persigue esta Comisión es dar un consejo previo de carácter político sobre la remoción o no del funcionario y, como tal, no es pasible de ser revisado judicialmente, ni de ser objeto de recursos administrativos. El único objetivo de la actuación de la Comisión es formar el criterio necesario para emitir el consejo", se expresa a través del comunicado.

La información fue acordada por los tres integrantes de la Comisión, en una charla telefónica esta tarde, 24 horas antes de que la Bicameral Especial se reúna para emitir su opinión para la presidenta Cristina Fernández de Kirchner sobre la remoción de Redrado.

Según el comunicado, "la situación es equivalente a la atribución parlamentaria de prestar acuerdos para la designación de funcionarios, cuando la ley lo exige". "En este caso se requiere el consejo previo para ’habilitar’ la remoción o no del funcionario por parte del Poder Ejecutivo Nacional", finaliza el documento.

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