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Economía|Domingo, 8 de noviembre de 2009
QUE ES LA PERSONERIA GREMIAL, QUE RECLAMA LA CTA, Y LA INSCRIPCION GREMIAL, QUE SE LES NIEGA A EMPLEADOS DEL SUBTE

La lucha por la representación gremial viene de abajo

La disputa no es nueva, pero se intensificó en el conflicto en Subterráneos. La lucha por independizarse de su actual sindicato.

Por Tomás Lukin
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El conflicto viene “en alza”, con paros que se extienden. Trabajadores de subte con apoyo de CTA. La UTA resiste con respaldo de CGT.

El conflicto por la representación gremial de los trabajadores del subterráneo es el más visible de la intensificación de cambios en la forma tradicional de organización sindical en el país. El regreso a la democracia marcó el comienzo de un proceso de fuerte crecimiento en el otorgamiento de inscripciones a nuevos sindicatos de base. La personería gremial –el histórico reclamo de la CTA– y la inscripción sindical –que buscan los trabajadores del subte y premetro para diferenciarse de la Unión Tranviaria Automotor– son atribuciones distintas. La primera permite a la organización sindical actuar y firmar acuerdos en nombre de los trabajadores, y brinda fueros sindicales a sus dirigentes. Los derechos que otorga la inscripción son de menor alcance y su obtención es, en principio, un proceso más sencillo y es el paso previo para obtener la personería.

En los últimos seis años la cartera laboral otorgó cerca de 140 personerías gremiales y se han definido casi 400 inscripciones de nuevos sindicatos, según el relevamiento realizado por el Ministerio de Trabajo. La mayoría de los casos correspondió a organizaciones de primer grado, uniones o asociaciones. En la composición por actividad económica, el sector estatal y enseñanza e investigación encabezan el listado. El tercer y cuarto puesto lo ocuparon la industria y el transporte. En los últimos seis años el ministerio rechazó la inscripción de nueve entidades de trabajadores, todas de primer grado. La mayor parte de las negativas se concentró en asociaciones de trabajadores de fuerzas de seguridad. En Caracterización de las nuevas inscripciones y personerías gremiales en Argentina, documento publicado en mayo por el Ministerio de Trabajo, los autores realizan una detallada descripción de las particularidades de ese proceso.

La distribución de los nuevos sindicatos se concentró casi totalmente en asociaciones y uniones. Solamente 12 casos pertenecen a federaciones –segundo grado–, y cuatro son entidades de confederaciones –tercer grado– que pertenecen a los sectores de indumentaria, hidrocarburos y energía, educación y también a los trabajadores municipales.

n El 34,2 por ciento de las inscripciones se registró en el sector estatal y el 17,5 por ciento a Enseñanza e Investigación. En tercer y cuarto puesto se ubicaron las nuevas organizaciones industriales (10,3) y las del transporte (6,6). Con una participación menor también se inscribieron sindicatos de servicios, salud, empleados de farmacias, energía, correo y telefonía, comercio, medios de comunicación, juegos de azar y petróleo, entre otros. En la actividad estatal sobresale la inscripción de sindicatos municipales.

n En la rama industrial, la alimentación concentró la mayor parte de las inscripciones, principalmente en la industria de la carne. Además, se conformó un sindicato de empresa en la cervecería Isenbeck.

n El 45,1 por ciento de las inscripciones otorgadas durante 2003-2008 provienen de solicitudes anteriores a 2003. El resto se realizó dentro del período. Sólo 31 casos se resolvieron el mismo año de la solicitud.

El modelo sindical argentino fue cuestionado por la Organización Internacional del Trabajo. Sus críticas se concentraron en los artículos referidos a la personería gremial y sus beneficios. La Comisión de Expertos en Convenios y Recomendaciones del organismo sostuvo que la legislación actual “impone restricciones al ejercicio de la libertad sindical”. La ley sólo reconoce una sola personería gremial por actividad, profesión y oficio, y una única central sindical nacional.

El reclamo de los trabajadores del subterráneo es por la inscripción de su sindicato y no por la personería gremial. La Ley de Asociaciones Sindicales, sancionada en marzo de 1988, establece que a partir de la inscripción gremial las uniones adquieren personería jurídica y están autorizadas para: a) representar los intereses individuales de sus afiliados, b) representar los intereses colectivos cuando no existe en la misma actividad o categoría una asociación, c) promover la formación de sociedades cooperativas y mutuales, el perfeccionamiento de la legislación laboral, la educación y formación profesional de los trabajadores, d) imponer cotizaciones a sus afiliados y e) realizar reuniones y asambleas sin autorización previa.

Analistas cercanos a las posiciones de la CGT y la cartera laboral argumentan que “si vamos hacia la proliferación de los sindicatos de empresa se atomiza todo y pierden fuerza los trabajadores. Implica volver atrás, significa fragmentar la fuerza de los trabajadores, no se pueden crear sindicatos de empresa donde ya existan de rama. En Kraft los delegados de la empresa son parte del sindicato de alimentación, nadie crea un sindicato de empresa”. Por su parte, el departamento legal de la CTA advirtió que “estamos frente al impedimento de la organización de los trabajadores, es algo muy simple. No se habla de personería, sólo se trata de la inscripción. La ley sostiene que no se puede otorgar la personería para actuar en la misma zona y actividad cuando existe otro sindicato, pero no dice nada sobre la inscripción”.

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