Desde Santa Fe

Los jóvenes de 16 y 17 años podrán votar en las primarias del 16 de julio y en las generales del 10 de setiembre. Lo ordenó ayer el Tribunal Electoral de la provincia, al admitir una demanda del diputado Rubén Giustiniani y de su colega del bloque Igualdad: Agustina Donnet, quienes intentaron la vía judicial para que cese la “discriminación” del colectivo. Y lo lograron. Ayer, Santa Fe dejó de ser la última provincia del país que no reconocía el derecho político de los adolescentes. El Tribunal hizo lugar a la “petición” de los legisladores, dispuso “incorporar al padrón electoral de la provincia a los jóvenes que cumplieron 16 años para que participen en los comicios locales” de este año y “encomendó” al gobierno de Omar Perotti que adopte las “medidas necesarias” para la sentencia se cumpla. "No se puede naturalizar el absurdo totalmente fuera de tiempo” que era Santa Fe, donde “un joven de 16 y 17 años puede decidir la elección de Presidente, senadores y diputados nacionales (en los comicios del 22 de octubre) y no podía elegir gobernador, legisladores provinciales, intendente y concejales “en la ciudad que convive y se desarrolla”. “Ese trato discriminatorio no encuentra fundamento razonable que lo sustente”, dice el fallo unánime del presidente del Tribunal y de la Corte Suprema, Daniel Erbetta y sus dos vocales: los jueces de Cámara Alfredo Ivaldi Artacho y Armando Drago.

El Tribunal resolvió en línea con el dictamen del procurador de la Corte Suprema Jorge Barraguirre, quien el 10 de mayo aconsejó que se “hiciera lugar a la petición” de Giustiniani y Donnet y ordene incorporar al padrón a los jóvenes que cumplieron 16 años para que voten en las elecciones provinciales (el 16 de julio y el 10 de setiembre). Ya lo podían hacer en las nacionales del 22 de octubre, y como el padrón es el mismo, no habrá dificultades para sumarlos.

Giustiniani y Donnet iniciaron la acción judicial ante el bloqueo del Senado de la provincia, que cajoneó dos años un proyecto de ley de Perotti que habilitaba el voto joven, en 2021. Esta semana, el gobernador volvió a enviar por segunda vez la iniciativa, pero a la Cámara de Diputados, para evitar el tapón de los senadores. Y ayer salió la sentencia del Tribunal, que mencionó esa “indefinición” de la Legislatura. La “reforma legislativa bien podría haber sido una vía” para resolver el caso, pero “siempre quedó postergada y nunca fue tratada”, advirtió.

“La cuestión del voto joven, en los términos de la ley de ciudadanía, se vincula directamente al ejercicio de los derechos políticos de un colectivo excluido”, “sólo en la provincia de Santa Fe”, dijo el Tribunal. “Compromete el derecho al sufragio y normas internacionales de jerarquía constitucional, cuyos incumplimientos pueden acarrear consecuencias al Estado argentino y al Estado provincial”.

La clave para resolver el caso fue el artículo 6 de la Constitución de Santa Fe, la gran puerta que incorpora los nuevos derechos. “Los habitantes de la provincia, nacionales y extranjeros, gozarán en su territorio de todos los derechos y garantías que les reconocen la Constitucional Nacional y la de Santa Fe, inclusive de aquellos no previstos en ambas y que nacen de los principios que las inspiran”, dice la norma.

Por lo tanto, si el artículo 29 dice que los “electores” son los mayores de 18 años, esa norma “no puede excluir” a los jóvenes 16 y 17 “cuyo derecho al sufragio tiene reconocimiento superior” y “está habilitado en todo el territorio de la Argentina, con la única y solitaria excepción de Santa Fe". “Como si ese universo etario pudiera ostentar diversa capacidad” según la provincia donde reside, lo que es “un criterio discriminatorio lesivo a los derechos humanos, especialmente de niñas, niños y adolescentes”.

La posibilidad de superar “esta discriminación, surge de la propia Constitución de Santa Fe” y de los principios del artículo 6, dijo el Tribunal. “Es que en la igualdad jurídica está la base de la democracia constitucional”. “Dicho de otro modo”, si el “bloque de constitucionalidad federal” reconoce “los derechos de participación y ciudadanía” de los jóvenes de 16 y 17 años, el artículo 6 de la Constitución provincial también “incorpora expresamente esos derechos al listado de derechos locales”.

Hasta ayer, sólo Santa Fe “naturalizaba el absurdo, totalmente fuera de tiempo, por el cual un joven de 16 o 17 años puede decidir la elección de Presidente, senadores y diputados nacionales”, pero no podía elegir al gobernador, legisladores provinciales, intendentes y concejales “de la ciudad o comuna en la que habita, convive y se desarrolla. Este tipo de trato discriminatorio no encuentra ningún fundamento razonable que lo sustente y haga constitucional tal distinción”, agregó la sentencia.

En su dictamen del 10 de mayo, Barraguirre dedicó un capítulo a la “ironía de vivir en Santa Fe”. “Es irónico sostener un federalismo casi patológico” en la provincia, mientras se desconoce el “derecho” del voto joven que es “una práctica extendida, uniforme y homogénea a lo largo de la República”. “Pero esa ironía es doble”, agregó el procurador.  Una “situación insensata” -la calificó- porque los jóvenes de 16 y 17 años “están autorizados a votar” en los comicios nacionales, pero "excluidos de opinar” sobre los candidatos locales y sus propuestas políticas sobre el futuro de su barrio, donde “crecen, se desarrollan, aman, sueñan y viven”. “Pueden opinar sobre macroeconomía y relaciones internacionales, pero no pueden votar a quien tendrá la responsabilidad de definir” cuestiones como “el transporte colectivo, el servicio de agua potable y el saneamiento”.