EL PAíS › ABSOLVIERON A TRES INTEGRANTES DEL BATALLON 601 ACUSADOS DE ASOCIACION ILICITA

Tres espías que saldrán en libertad

Dos de los tres jueces del Tribunal Oral Federal 6 consideraron que era cosa juzgada el delito de asociación ilícita por el que estaban acusados por haber participado de secuestros extorsivos durante la última dictadura.

 Por Alejandra Dandan

A las tres de la tarde, la jueza María del Carmen Roqueta inició la lectura de la sentencia. En la primera fila se sentaron los tres acusados. Leonardo Sánchez Reisse, el emblemático superespía del Batallón 601, les había pedido misericordia a los jueces, pocas horas antes, para pasar su último tiempo de vida con sus seres queridos. Al final, la misericordia llegó. Roqueta leyó punto a punto una sentencia que hizo de esa sala un espacio irrespirable a medida que avanzaba en la lectura. Sánchez Reisse, Rubén Osvaldo Bufano y Arturo Ricardo Silzle fueron absueltos: los integrantes del TOF 6 consideraron como “cosa juzgada” el delito de asociación ilícita agravada impulsado por fiscales y la querella. Roqueta aclaró lo que debía aclarar al término de la lectura: el fallo fue por mayoría, con los votos de Julio Panelo y José Martínez Sobrino, que decidieron ordenar la libertad inmediata de los acusados. La disidencia fue de Roqueta. El 29 de mayo se darán a conocer los fundamentos. Para la fiscalía fue un “golpazo” y un “fallo irregular”.

En la sala SUM de los tribunales de Retiro eran enorme mayoría los abogados defensores de los acusados. Defensores oficiales y particulares en el caso de Sánchez Reisse. Entre el público, un puñado de familiares de las víctimas iban cambiando la cara y el alma mientras trataban de descifrar lo que no podían terminar de creer. Primero rechazos a nulidades. Luego el punto más problemático, la antesala de las absoluciones, en el que el TOF convalidó la posición de la defensa al declarar como delito ya juzgado el secuestro extorsivo del empresario Fernando Combal, una vieja causa tramitada con el viejo Código, abierta también como asociación ilícita. Con eso, decidieron absolver a todos. Una posición completamente distinta no sólo a la de la Fiscalía y la querella, sino también a la del Juzgado de Instrucción y la Cámara Federal.

La jueza María del Carmen Roqueta, en minoría y a diferencia de sus colegas, en diálogo con Página/12 señaló que para ella quedó “probado que los acusados formaron parte de una organización ilícita con vértice en el Batallón 601, que estuvo integrada por personas que se agruparon para cometer delitos como los secuestros extorsivos, sobre todo a empresarios de origen judío”, en línea con el alegato de la fiscalía (ver aparte).

Alejandro Alagia es uno de los fiscales del juicio. Pasmado, casi sin palabras, apenas salió del juicio dijo que eso que acababa de oír era “un golpazo”. Habían pedido 17, 12 y 10 años de prisión para los acusados. El “fallo –dijo– fue irregular: el motivo de la absolución fue que ya se había juzgado a los acusados por un delito por el que en realidad no se los había acusado. En este caso, se los acusó de formar parte de una organización de inteligencia destinada a cometer delitos de lesa humanidad y se los absolvió porque se consideró que esto ya se había tratado en Combal, pero en ese momento la investigación no se profundizó porque hubo un sobreseimiento provisorio. Nosotros entendemos que eso no fue un pronunciamiento definitivo de cosa juzgada. De hecho, hay un voto en disidencia, un voto de género, la única, una mujer. Habrá que ver cómo lo escribieron y fundaron pero en principio así no es muy regular”.

La fiscal Gabriela Sosti no terminó de entender cuáles eran los fundamentos de los jueces. En el debate no sólo se oyó el caso de Combal, sino que se retomaron otros secuestros como ejemplos de las prácticas de esa asociación. Testimoniaron víctimas del caso de Alberto Martínez Blanco y Ricardo Tomasevich, del grupo Puente Hermanos, secuestrados el 20 de septiembre de 1980; del financista David Koldobsky, de Cambio América S.A., de principios de 1981; y de Combal, del 8 de mayo de 1979, entre otras piezas de prueba documental. En el debate, Sosti repitió que todos los secuestros debían ser leídos no como hechos en sí mismos sino como pruebas para documentar el delito de la asociación ilícita agravada.

“Lo dijimos sobradamente”, explica. “Dejamos en claro que la asociación ilícita es un delito diferente a los delitos que pueden generar los miembros de la asociación ilícita en forma particular, son tipos penales distintos, delitos diferentes, abarcan conductas distintas, más allá de lo que cada uno pudo cometer. No es lo mismo la asociación ilícita que el robo, no es lo mismo el robo que el secuestro, pero evidentemente no fue leído de esa manera por los jueces. Entendieron una equivalencia entre el secuestro y la asociación ilícita.”

En la sala estuvo Eduardo Barcesat, querellante por los Tomasevich. Parte de la investigación de su causa sigue en instrucción. “Han absuelto a la banda de asesinos”, fue lo primero que le salió en el estrecho pasillo a la salida de la sala. “Los vamos a volver a ver en Casación, no queda otra alternativa, lamentablemente esto de dividir la causa en dos ha provocado efecto negativo para la prueba. Será cuestión de apelar y seguirla.”

Nadie imaginó un juicio sencillo. Pero tampoco las absoluciones. Los fiscales sabían que iba a ser un desafío en términos de prueba y de lógica jurídica. Pero a medida que el juicio avanzó la investigación y las pruebas permitieron iluminar la estructura criminal y dimensiones del Batallón de Inteligencia 601, base a la que reportaban los tres acusados. Ese fue uno de los aportes centrales del juicio. Alagia y Sosti demostraron que el Batallón era la “organización secreta militar que mayor poder detentó en la Argentina en el plan sistemático y masivo de represión ilegal” que “centralizó la información y la Inteligencia y ejecutó operaciones de ataque contra grupos enteros de población nacional y en el extranjero. Fue el sistema nervioso que conectaba a las máximas autoridades militares del país con los centros de tortura y desaparición de personas, operados por personal de Inteligencia del Batallón 601”.

Durante sus últimas palabras, después de Sánchez Reisse, habló Silzle. Con su nuevo look de pelo rapado a lo skinhead, agradeció a los jueces con tanta vehemencia como si hubiese sabido que en pocas horas saldría en libertad. “Buenos días, excelentísimo tribunal –les dijo–: tal cual se lo dije en audiencia en su juzgado, quería venir a juicio. Por supuesto, ha sido un debate nueve puntos, excelente. En la Unidad 31 de Marcos Paz con mis compañeros allí detenidos yo lo hablaba todos los días, cuando volvía de las audiencias, les iba comentando lo que pasaba acá día a día y no me creían. Lamento que no hayan venido estudiantes de derecho a los debates para que vean el respeto.” Alabó a la jueza y presidenta del TOF, a los defensores y hasta tiró piropos a los fiscales.

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El ex miembro del Batallón 601 Leandro Sánchez Reisse pidió misericordia a los jueces.
Imagen: Télam
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